Ciencia y salud

Por José Antonio Lozano Teruel

Decreto para una flora

Juan Guerra Montes, Catedrático de Botánica. Universidad de Murcia

El Sureste español es una de las zonas florísticamente más ricas de Europa desde el punto de vista botánico. Ello se hace especialmente evidente en la Región de Murcia, en la que largos procesos de adaptación debidos a los cambios climáticos, sometieron a su vegetación a la dura prueba de sucesivas glaciaciones, lo que provocó la aclimatación de numerosas especies de procedencia diversa.

La gran riqueza de la flora silvestre de Murcia, con algo más de 2.100 taxones (especies y subespecies) de plantas vasculares, es el resultado de una compleja historia, en la que de forma paralela a los fenómenos de evolución en los vegetales, se han producido las modificaciones climáticas, téctónicas y la evolución y formación de suelos. La enorme riqueza de la biodiversidad de la Flora debe ser protegida. Mientras que en regiones vecinas (Andalucía, Comunidad Valenciana y Castilla-La Mancha), en los últimos 10 años se ha avanzado mucho en este aspecto, en Murcia, lamentablemente, hasta ahora, las iniciativas político-sociales de protección no habían alcanzado la importancia que el fenómeno merece ello.

NORMA. Ha sido durante los últimos cuatro años cuando un equipo de botánicos de la Universidad de Murcia, en colaboración con técnicos de la Consejería de Agricultura, Agua y Medio Ambiente, han venido elaborando las bases científicas teóricas y metodológicas que permitirán iniciar una política adecuada de protección, gestión, aprovechamiento y divulgación de la Flora de Murcia. La labor ha sido compleja ya que al mismo tiempo que se desarrollaron las fases finales de los trabajos científico-técnicos, para que lo recogido en la copiosa documentación pudiera ser eficazmente aplicado debía ser elaborada una adecuada Norma Legal.

Finalmente, ya se encuentra en fase de aprobación, un "Decreto por el que se crea el Catálogo Regional de Flora Silvestre Protegida y se establece el régimen de aprovechamiento forestal de determinadas especies". El borrador del texto fue aprobado en el Consejo Asesor Regional de Medio Ambiente, el pasado mes de Julio. Su puesta en marcha parece, pues, irreversible y deberá, en su momento, constituir parte del cuerpo legal de una futura Ley de Conservación de la Naturaleza de la Región de Murcia, cuya elaboración no debe ni puede hacerse a marchas forzadas. Sería imprescindible, como se ha hecho en el caso del Decreto, contar con una buena base científica y un estudio comparado con leyes similares de la regiones vecinas que, como ya indicado anteriormente, se encuentran en situación más avanzada.

RIESGOS. ¿Qué flora es la más interesante?. De entre los taxones de la flora de Murcia, casi una quinta parte son endémicos de la Península Ibérica (aproximadamente 375). A ellos hay que sumar un elevado número de iberonorteafricanismos (aproximadamente 250), muchos de los cuales encuentran en este territorio sus únicas localidades europeas, a lo que hay que sumar un número importante de elementos terminales con óptimo en montañas más húmedas, incluso centroeuropeas, que tienen en esta provincia el límite meridional de su distribución (aproximadamente 115).

Los factores de riesgo y amenazas que inciden en esta flora no son nada despreciables. Los incendios forestales (como el ocurrido en 1994 en Moratalla, que esquilmó algunas especies arbóreas de enorme interés ecológico y paisajístico), la roturación de nuevas tierras, el desarrollo urbanístico, las obras públicas, la minería y canteras, la presión ganadera, la recolección de plantas comestibles y aromáticas, etc., obligan a desarrollar directrices claras para la conservación y protección de una flora tan peculiar, aunque también es obvio que una política de conservación no debe paralizar el desarrollo y la necesaria modernización de cualquier territorio. Precisamente por ello, el conocimiento profundo de la flora amenazada y la aplicación de normas legales adecuadas a la realidad social del territorio, deben permitir sortear con éxito la conservación de aquellas zonas o hábitats que posean un elevador valor fitobiológico ua que no puede protegerse aquello que no se conoce.

Concretamente, la Norma Legal en fase de aprobación posee antecedentes y bases legales en cuatro niveles. El nivel internacional implica el Convenio de Washington (CITES, Convenio sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Flora y Fauna Silvestres). Por ejemplo, las orquídeas autóctonas de la Unión Europea figuran en el Anexo I del CITES y, aunque esto no supone ningún tipo de protección estricta en el terreno, está prohibida la exportación fuera de la UE de ejemplares directamente recolectados en la naturaleza. Dentro del nivel europeo destaca, sobre todo, la Directiva HABITAT 92/43 que en buena medida debe regir la política de conservación a través de una red de espacios y especies protegidas (Red Natura 2000). En cuanto a nivel nacional, la Ley 4/89 de Conservación de los Espacios Naturales y de la Flora y Fauna Silvestres, y posterior Real Decreto 439/90 que la desarrolla y donde se establece el Catálogo Nacional de Especies Amenazadas, incluye algunas especies presentes en Murcia, aunque la peculiar flora de la Región no está en absoluto bien tratada, probablemente por la falta de expertos asesores regionales en Botánica en la época en que se fraguaron las normativas. Por último, a nivel regional, la protección se articuló a través de la aplicación de la Orden de 17/2/1989, basada en la Ley de Montes (1957) pero, lamentablemente, esta Norma Legal de carácter regional, además de las múltiples carencias científicas que esconde, añade el problema de aplicación de sanciones a partir de la Ley de Montes, lo que la ha hecho prácticamente inviable.

Para resolver los problemas existentes el Decreto que, previsiblemente, será de aplicación en un futuro muy próximo en la política conservacionista y de protección de la flora murciana, presenta unas bases metodológicas científico-técnica que tienen en cuenta los siguientes aspectos: a) Plantas raras, endémicas y amenazadas de la Región de Murcia; b) Listas Rojas, según categorías de la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza, especialmente la Lista Roja de Flora Vascular Española (2000), en la que la Región de Murcia tiene un peso específico muy importante en el contexto nacional; c) Especies de elevada importancia ecológica (fundamentalmente árboles y arbustos); d) Especies naturales de importancia económica con problemas de sobreexplotación; e) Especies protegidas a nivel Internacional, Nacional y Regional, y normativas específicas relativas a Espacios Protegidos en la Región.

CATALOGO. Como consecuencia, y en conjunto existirá un Catálogo Regional constituido por especies clasificadas en cinco categorías:

1.Especies extinguidas en sus poblaciones naturales. En esta situación se encuentran especies como el tejo (Taxus baccata) o el boj de Baleares (Buxus balearica).
2. Especies en Peligro de Extinción, cuya supervivencia es poco probable si los factores causales de su actual situación siguen actuando. De entre ellas destaca la Cistus heterophyllus subsp. carthaginensis (jara de Cartagena).
3. Especies Vulnerables, que corren el riesgo de pasar a las categorías anteriores en un futuro inmediato si los factores adversos que actúan sobre ellas no son corregidos. Así se encuentra Narcissus tortifolius.
4. Especies de interés especial, que sin estar contempladas en las anteriores categorías merecen particular atención en función de su valor científico, ecológico, etc.
5. Especies cuyo Aprovechamiento puede ser Objeto de Medidas de Gestión, con problemas de sobrexplotación, entre otros.

Pero, en todo caso la aprobación y publicación de Decreto debe ser solo el punto de partida para poner en marcha las fases más importantes que implican a una adecuada política conservacionista, los planes de conservación, gestión, etc, de las especies sensibles, todo lo cual debe suponer un importante reto para la Administración Regional y los ciudadanos.

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